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ALMERÍA DURANTE EL SIGLO XIX LA REFORMA INSTITUCIONAL Y POLÍTICA Los primeros cincuenta años del siglo XIX fueron un periodo de grandes transformaciones en la organización política de los Estados europeos. España no fue diferente al resto de los países de su entorno europeo en donde desde 1789 se estaba desarrollando el ciclo de revoluciones liberales- burguesas que acabaría con la sociedad del Antiguo Régimen. La originalidad española residiría en el ritmo con que se acometió la revolución liberal muy lento en nuestro país ya que necesitó casi medio siglo en desarrollarse y no se consolidó políticamente hasta el régimen de la Restauración alumbrado por Cánovas en 1876, aunque en sus resultados más generales puede homologarse con las del resto de Europa. ¿Pero, en qué consistieron estas transformaciones revolucionarias? En primer lugar, en la transformación radical del Estado y de sus instituciones, con un ritmo desigual, a partir de la Guerra de la Independencia. La revolución se aceleraría en tres fases que coinciden con las Cortes de Cádiz (1810-1812), el Trienio Liberal (1820-1823) y la primera guerra carlista (1833-1839), interrumpidas por periodos en los que los defensores del Antiguo Régimen reaccionaban frente los intentos reformistas. Los diputados liberales de las Cortes de Cádiz expusieron los principios doctrinales revolucionarios del nuevos Estado: derechos individuales, soberanía nacional y división de poderes. La idea motriz del liberalismo partía de la defensa de un marco constitucional que estableciera un Derecho general, común a todos los ciudadanos y que acabara con los privilegios o derechos particulares de grupos, estamentos o territorios. La burguesía, clase social que había ascendido a través del progreso económico vinculado al comercio y a la producción agrícola o industrial, abrazó e impulsó un ideario que garantizaba la preeminencia de la propiedad privada, libre y sin restricciones y que consagraba una sociedad en la que las élites dirigentes debían reclutarse entre los ciudadanos más útiles por su riqueza y por su contribución al sostenimiento del Estado. Desde este punto de vista, no hay que confundir las concepciones del liberalismo del siglo XIX y sus rasgos oligárquicos, manifestados en la larga permanencia de los sistemas electorales censitarios por los que el derecho al sufragio sólo podía ser ejercido por los más ricos o por los que ocuparan determinados cargos, con las que caracterizan a los sistemas democráticos del siglo XX, en los que el ejercicio del sufragio universal amplía los derechos políticos a la totalidad de los ciudadanos. El papel asignado al Estado dentro de los regímenes liberales también es muy diferente a la actuación gubernamental en las democracias del siglo XX. Los gobiernos liberales, al margen de su programa de medidas revolucionarias destinadas a remover las estructuras del Antiguo Régimen, mantuvieron una actitud escasamente intervencionista en cuestiones sociales y económicas (laissez faire, laissez passer). La labor revolucionaria, liquidadora del antiguo estado de cosas, se concentró en los años 1833- 1843; en los que se alumbran decisiones como la abolición definitiva de los señoríos feudales, la desamortización de bienes de la Iglesia o la reestructuración de la organización territorial del Estado (el nuevo mapa provincial de 1834). Después, en las fases moderadas de 1844-1854 y 1856-1868, disminuye la tensión reformadora aunque no se ponen en cuestión las medidas anteriores. Durante el bienio progresista (1854-1856) un nuevo impulso reformista pone en marcha la desamortización del resto de los bienes de "manos muertas"(1855) y en particular los pertenecientes a los pueblos y al Estado, o las leyes sobre bancos o ferrocarriles, que son aplicadas durante las siguiente etapa conservadora. Tras la fallida experiencia revolucionaria del sexenio (1868- 1874), la Restauración borbónica realiza durante el reinado de Alfonso XII una amplia labor codificadora (Código Civil, Código de Comercio...) que asume e institucionaliza definitivamente las conquistas del liberalismo. Una característica persistente de la evolución política durante el siglo XIX va a ser el problema crónico de legitimidad que hará imposible la alternancia en el poder de las dos corrientes del liberalismo, progresistas, por un lado, y moderados, por otro. Durante las tres cuartas partes del siglo XIX hasta la restauración canovista de 1876, van a ser las soluciones de fuerza los pronunciamientos las que permitan el recambio de la clase política. Más adelante, con la Constitución de 1876 en vigor la más longeva de nuestra historia, se inicia una etapa de turno pacífico en el gobierno de las dos grandes partidos del liberalismo (conservadores y liberales) que bajo la apariencia de normalidad encubría, sin embargo, un profundo falseamiento de la participación política electoral mediante el recurso a una trama caciquil enormemente poderosa en los medios rurales. El sistema liberal, consolidado en este momento a través de estos métodos, excluiría a un segmento de la opinión política cada vez mayor y de amplia influencia en los medios urbanos (izquierda, republicanos, nacionalistas...) que pondría en cuestión la legitimidad democrática del régimen monárquico. Quizás fuera esta incapacidad integradora, el principal reproche que quepa hacer al liberalismo en el poder, ya que terminaría propiciando la etapa de excepcional inestabilidad política que caracterizaría el primer tercio del siglo XX.